TÉRMINOS Y CONDICIONES


1. Validez de la Cotización

Esta cotización es válida por un período de 30 días calendario a partir de la fecha de emisión, salvo que se indique lo contrario en la misma. Después de este período, los precios y condiciones están sujetos a revisión y modificación.

2. Precios

Los precios indicados en esta cotización están expresados en pesos colombianos (COP). Cualquier variación en impuestos, tasas o contribuciones aplicables será asumida por el comprador.

3. Condiciones de Pago

El pago deberá realizarse conforme a las condiciones acordadas en la cotización.

Los pagos fuera de plazo incurrirán en un interés de mora conforme a lo establecido en el artículo 884 del Código de Comercio de Colombia, o el porcentaje que sea acordado entre las partes, sin exceder los límites legales.

4. Entrega

La entrega de los productos o prestación de los servicios se realizará dentro del plazo acordado una vez confirmado el pago inicial. Los plazos de entrega pueden estar sujetos a cambios por situaciones ajenas al control de GRUPO PUMA COLOMBIA, tales como problemas de transporte, aduanas o fuerza mayor.

5. Garantía

GRUPO PUMA COLOMBIA garantiza que los productos y/o servicios suministrados serán de calidad y estarán libres de defectos. La garantía ofrecida cubre únicamente defectos de fabricación. No cubre daños ocasionados por mal uso, manejo indebido o instalación incorrecta por parte del cliente. En caso de reclamo, el cliente deberá notificar a GRUPO PUMA COLOMBIA dentro de los 15 días hábiles siguientes a la detección del defecto.

6. Limitación de Responsabilidad

El proveedor no será responsable por pérdidas indirectas, consecuenciales o incidentales, tales como pérdida de ganancias, interrupciones comerciales, entre otras, derivadas de la ejecución de este acuerdo o del uso de los productos o servicios ofrecidos.

7. Cancelaciones

Cualquier cancelación o modificación del pedido por parte del cliente deberá ser notificada por escrito y estará sujeta a la aceptación de GRUPO PUMA COLOMBIA. Las cancelaciones pueden estar sujetas a costos por concepto de materiales adquiridos o servicios ya prestados.

8. Jurisdicción y Legislación Aplicable

Este acuerdo se regirá por las leyes de la República de Colombia, en particular por el Código de Comercio Colombiano y demás normas aplicables. Cualquier disputa relacionada con esta cotización o sus términos será sometida a los tribunales competentes en la ciudad de Bogotá, Colombia.

9. Aceptación de la Cotización

La aceptación de esta cotización por parte del cliente implica la aceptación plena y sin reservas de los términos y condiciones aquí expuestos.

  • De conformidad con las disposiciones legales aplicables en Colombia, y en especial lo establecido en el artículo 64 del Código Civil Colombiano, el cual define la fuerza mayor o caso fortuito como todo hecho imprevisto o irresistible que imposibilite el cumplimiento normal de las obligaciones pactadas, Grupo Puma Colombia se reserva el derecho de realizar ajustes en los precios propuestos en el presente documento en caso de presentarse circunstancias que alteren significativamente las condiciones inicialmente previstas.

Dichas circunstancias incluyen, pero no se limitan a:

  1. Incrementos extraordinarios en los costos de insumos, transporte o servicios asociados.
  2. Cambios normativos o regulatorios que afecten directamente los costos de operación.
  3. Eventos imprevistos de carácter natural, social, económico o político que tengan un impacto directo en las condiciones de cumplimiento del presente acuerdo.

En caso de presentarse alguna de estas situaciones, Grupo Puma Colombia se compromete a notificar por escrito, explicando las causas del ajuste y la metodología utilizada para determinar el nuevo precio. Así mismo, se garantizará que cualquier ajuste sea razonable, proporcional y justificado de acuerdo con la situación de fuerza mayor presentada.

Este mecanismo tiene como finalidad preservar el equilibrio económico del acuerdo, conforme a los principios de buena fe, equidad y justicia contractual reconocidos en la legislación colombiana.